DECRETO 61/2011, de 13 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar de Castilla y León.
Artículo 1. Objeto.
El presente reglamento tiene por objeto el desarrollo de la Ley 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar de Castilla y León, en lo relativo a:
a) Establecer el órgano competente para ejercer, en materia de mediación familiar, las funciones previstas en el artículo 5 de la Ley de Mediación Familiar de Castilla y León.
b) Regular la acreditación y la homologación de la formación en materia de mediación familiar.
c) Regular el Registro de Mediadores Familiares.
d) Desarrollar la regulación de la mediación familiar gratuita, así como establecer el sistema de turno de oficio de mediación gratuita.
e) Desarrollar el procedimiento de mediación familiar.
f) Establecer los órganos competentes para la inspección, iniciación, instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores en materia de mediación familiar.
g) Regular un sistema de sugerencias y quejas.
h) Desarrollar otros aspectos previstos en la Ley de Mediación Familiar de Castilla y León.
Enlaces
Comentarios
Aún no hay comentarios